Wednesday, July 28, 2010

SEDACION TERMINAL

La sedación en la agonía se podrá considerar una buena práctica médica cuando se hayan tenido en cuenta y se cumplan sus criterios éticos
basados en el Código de Ética y Deontología Médica reflejados en su capítulo VII artículo 27.1, así como en la declaración Ética de la Sedación en la Agonía, aprobada por la Asamblea General de Colegios Oficiales de Médicos el 21 de
febrero de 2009, y que fue elaborada por su Comisión Central de Deontología.
Cuando consideramos que el tratamiento adecuado para el enfermo que, en los pocos días u horas que preceden a su muerte, es presa de sufrimientos intolerables que no han respondido a otros tratamientos, es disminuir la conciencia, además de conocer sus aspectos clínicos debemos tener en cuenta
sus requisitos éticos. Los aspectos éticos de la sedación nos ayudarán a considerarla como una buena práctica médica si está bien indicada, bien realizada y autorizada por el enfermo o en su defecto por la familia. Esta práctica médica representa el último recurso aplicable al enfermo para hacer frente a síntomas biológicos, emocionales o existenciales cuando otros recursos terapéuticos hayan demostrado su ineficacia. La sedación en la agonía, en sí misma, es un recurso terapéutico éticamente neutro; lo que puede hacerla aceptable o reprobable es el fin que con ella se desea conseguir y las circunstancias en que se aplica.
Será aceptable éticamente cuando exista una indicación médica correcta y se hayan agotado los demás recursos terapéuticos. No se podrá convertir en un
recurso que, en vez de servir a los mejores intereses del enfermo, sirva para reducir el esfuerzo médico o el propio sufrimiento de la familia y para aliviar su
pena.
La decisión de sedar a un enfermo no puede tomarse a la ligera por el equipo asistencial, sino que ha de ser resultado de una deliberación sopesada y
una reflexión compartida acerca de la necesidad de disminuir el nivel de conciencia del enfermo como estrategia terapéutica.
Si la sedación en la agonía se realiza ante síntomas difíciles de controlar pero que no han demostrado su condición de refractarios, no se podría considerar
indicada desde el punto de vista ético.
Para poder evaluar, desde un contexto ético-profesional, si está bien justificada la indicación de la sedación paliativa, es preciso que consideremos ciertos criterios.
Su aplicación exige del médico la comprobación cierta y consolidada de las siguientes circunstancias:
1. la existencia de una sintomatología intensa y refractaria al tratamiento;
2. que los datos clínicos indiquen una situación de muerte inminente o muy próxima;
3. que el enfermo o, en su defecto, la familia, haya otorgado el adecuado
consentimiento informado de la sedación;
4. y por último, que el enfermo haya tenido oportunidad de satisfacer sus necesidades familiares, sociales y espirituales.

Es un deber deontológico abordar con decisión la sedación paliativa, incluso cuando de ese tratamiento se pudiera derivar, como efecto secundario, una
anticipación de la muerte. Si se ha realizado la sedación se debe continuar con los cuidados del enfermo.
Su sedación no nos descarga de nuestro deber. Incluso si esta sedación durara más de lo previsto, no podríamos suspender los cuidados básicos e higiénicos
exigidos por la dignidad del moribundo.
La sedación en Cuidados Paliativos no es un tratamiento excepcional. Es una práctica médica que para que sea éticamente adecuada requiere un proceso
de decisión complejo. Por ello, para poder garantizar los derechos de los enfermos, de las familias y de los equipos asistenciales debiera estar presente
en la enseñanza de las facultades de Medicina y en los programas de formación continuada, así como en la conciencia de todos los médicos. Cuando el médico seda al enfermo que se encuentra sufriendo en fase terminal y lo hace con criterios clínicos y éticos no está provocando su muerte, está evitando
que sufra mientras se muere. (Jacinto Bátiz. Diario Médico, 29-VI-2010).

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