Saturday, February 09, 2013

DECLARACIÓN UNIVERSAL DERECHOS HUMANOS


Jesús Fernández-Pedrera Correa
El bien común y la declaración universal de derechos humanos
 
La lista de Derechos Humanos está abierta a las nuevas circunstancias sociales, avances científicos, etcétera, que pueden crear supuestos no contemplados con anterioridad
 
No podemos olvidar que el soporte de la mayoría no garantiza que lo decidido sea ético ni moral ni legítimo en ese sentido amplio de basado en la ética y en la moral (no de acorde con la ley) y en la propia esencia y sustrato del Estado. Por ejemplo, Hitler fue elegido por mayoría absoluta muy amplia, la cual elección no favoreció en absoluto al bien común, antes al contrario, como es bien sabido. Se precisan valores absolutos basados en el bien común.
Pero algunos dirán, “esos valores absolutos ya están identificados, y son los llamados Derechos Humanos”. Pues sí, realmente casi todo lo que se dice en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en posteriores declaraciones de derechos llamados de segunda generación, tercera... responden precisamente a los valores absolutos y basados en el Bien Común a los que nos hemos referido, y eso no es raro, puesto que su misma condición de absolutos hace que no los hayamos inventado, sino que estén ahí desde que el hombre es hombre. La lista de Derechos Humanos, o valores absolutos, no es numerus clausus, sino que está abierta a las nuevas circunstancias sociales, avances científicos, etcétera, que pueden crear supuestos no contemplados con anterioridad, siempre basados en el bien común.
 
Aun así y todo, es importante señalar, que dichos derechos y cualquier norma legal y actuación pública deben estar siempre informadas por el bien común, y serán de aplicación siempre que sea así y no de otro modo, y el control para saber si se están aplicando correctamente, lo determina el comprobar si son acordes en sus resultados al bien común, es decir, que deben ser examinados a la luz de su adecuación en cada caso al bien común.
 
Así, cualquier Constitución tendría que hacer referencia a que todas las leyes y actuaciones de los poderes públicos se deben basar en su adecuación al bien común y a los valores absolutos que de él se derivan, al ser el bien común la única razón de ser del Estado; y establecer, como hace la Constitución alemana en un supuesto no idéntico del todo, pero similar, el derecho a la resistencia si esto no fuera así.
Ese derecho a la resistencia está contenido también, sensu contrario, en el Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”
 
Y del mismo modo, la citada Declaración Universal de DD.HH., en su Artículo 29.2, viene a afirmar, precisamente, que los DD.HH. son valores absolutos y que se basan en el bien común: “En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.”
 
Sin embargo, no podemos dejar de manifestar que la Declaración Universal de Derechos Humanos, contiene dos errores y algo más que hay que precisar, a saber:
El Artículo 21.3 señala que “La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público…”.
 
Pues no. La base de la autoridad del poder público es su adecuación a la consecución del bien común, que es lo único que la legitima. Eso no significa que los poderes públicos no puedan ser elegidos por sufragio universal, sino que, independientemente del modo de su elección, que en cualquier caso debe ser democrática, se legitima su actuación por el hecho de estar basada “en” y orientada “al” bien común.
 
El Artículo 29.3 indica que “Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.”
¿Por qué no?. ¿En base a qué se limitan los derechos y libertades legítimas al arbitrio de los caprichos o devenires mudables de una organización cualquiera, aunque se trate de las Naciones Unidas?. Las Naciones Unidas no legitiman a nada ni a nadie por si. La legitimación de los derechos y libertades públicas está en su adecuación al bien común y los valores absolutos derivados de él. Lo contrario sería de nuevo gobernanza y globalización y tiranía, contra la que ya avisa el propio Jesucristo: “Jesús los llamó y les dijo: "Ustedes saben que aquellos a quienes se considera gobernantes, dominan a las naciones como si fueran sus dueños, y los poderosos les hacen sentir su autoridad.” (Marcos, 10, 42).
 
Nosotros sostenemos que los gobernantes y los poderosos no son los dueños de la nación, y que su autoridad sólo es la que esté basada en la consecución del bien común, y no en ninguna otra cosa.
 
Lo contrario sería la gobernanza y la globalización pretendida por la propia ONU (ver documento de UN en este sentido: “Our Global Neighborhood”), la Trilateral, etcétera.
 
Por otro lado, hay que precisar en lo referente, en la Declaración DDHH, al derecho a la propiedad privada:
 
“1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
 2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.” (Artículo 17).
Si bien el punto segundo, sensu contrario, nos indica que se puede privar a alguien de su propiedad, siempre que no sea arbitrariamente (entendemos que sí se le puede privar por justa causa), conviene hacer la siguiente precisión:
 
A pesar del derecho a la propiedad privada, este no es un derecho absoluto en cualquier caso, puesto que hay que tener en cuenta que el mundo ha sido dado en usufructo a toda la humanidad, para que cada generación lo use para servirse de él y subvenir sus necesidades. Por tanto, toda persona humana tiene derecho a la utilización y apropiación de los recursos mínimos necesarios para su supervivencia digna, sin perjuicio del derecho ético de propiedad, cuyo alcance exponemos a continuación.
 
Lo dicho en el párrafo anterior en cuanto al derecho de uso y apropiación de los recursos mínimos necesarios para la supervivencia digna de cada ser humano y de los que de él dependen, no significa que tenga que hacerse un reparto igualitario de todos los bienes de la tierra, dando a cada persona una porción equivalente de los mismos, pues cada persona es diferente, y aún en el caso de repartirse por igual los bienes entre toda la humanidad, al cabo de unas horas ya habría algunos que tendrían mucho, y otros que no tendrían nada, aún sin mediar apropiaciones ilícitas, pues las capacidades del hombre son diversas en cada uno, ya que no somos clones, sino individuos.
 
Lo que indica el principio es que todos deben tener, como mínimo, lo necesario para su subsistencia digna, por supuesto contando con su esfuerzo personal en conseguirlo, mediante su trabajo. Pero si este no bastase o no se tuviese trabajo pese a buscarlo diligentemente, como hoy día sucede en muchas partes del mundo y aún en países del primer mundo; si no se tuviese lo mínimo para una subsistencia digna, propia y de los que dependen de uno mismo, como hijos menores o ancianos o enfermos incapacitados, por ejemplo; sería necesaria y obligatoria la redistribución de los bienes, o arbitrar soluciones que al cabo consisten en eso, por la que los que tienen más que lo mínimo para su subsistencia digna, aportaran justa y equitativamente bienes para subvenir a los necesitados.
 
Esto, obviamente, sería acorde al bien común. La hermosa película “El Violinista en el tejado”, que expone la realidad de una sociedad judía en su día a día, nos muestra como una sociedad humilde, atiende, sin embargo, a las necesidades del “pobre”, cuando el protagonista le da su ración de leche, igual que hace con todos los demás. Esa ración de leche le es debida al pobre en cualquier sociedad.
En cuanto a la colectivización de los bienes propugnada por el comunismo, la rechazamos por contraria al bien común precisamente, puesto que todas las experiencias en ese sentido han fracasado estrepitosamente, produciendo miseria en vez de bienestar.
 
Baste el ejemplo nada sospechoso de la comunidad primitiva primera de los cristianos de Jerusalén, quienes por amor y fraternidad, lo pusieron todo en común, y aun siendo honorables, sin que nadie robara ni se apropiara del fondo común, y nombrando administradores honrados (como es de ver en el testimonio histórico aportado por “Los Hechos de los Apóstoles”), aun así fracasó la experiencia de colectivización y los cristianos de Jerusalén se vieron en gran necesidad, precisando el auxilio de otras comunidades que no habían puesto en marcha ese sistema de colectivización de los bienes.
 
Los ejemplos de los países comunistas en su totalidad son negativos y productores de gran miseria para el pueblo. Otros ejemplos de colectivización absoluta como son los Kibutz o las comunas hippies, fracasaron también históricamente en cuanto a la puesta en común de todo.
 
El colectivismo comunista no tiene en cuenta la dignidad de la persona, y supedita la misma a la colectividad, sin tener en cuenta que la persona, su dignidad esencial y su individualidad, son anteriores y trascienden a la sociedad, que sólo es un medio de desarrollo de dicha dignidad e individualidad que la preceden.
 
Por tanto, por contrario al bien común, ese sistema no sirve, y el liberal-capitalista tampoco, porque bajo falsa apariencia de prosperidad, esconde grandes desigualdades y bolsas de hambre y miserias toleradas por el propio concepto de liberalismo, y, sobre todo, porque sus principios no se basan en la consecución del bien común, sino más bien en el principio de “tonto el último”, siendo lo habitual aquello por lo que muchos protestan hoy día, es decir, que se favorezca a grupos poderosos minoritarios y al capital en forma de grandes imperios financieros, y se deje desprotegido al pueblo, con evidente quiebra del principio de primacía e imperio del bien común.

LIMITES DE LA CONCIENCIA?


El Tribunal Europeo de Derechos humanos y los límites a la conciencia


La sección cuarta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (ECHR) ha publicado una sentencia1 relativa a cuatro denuncias de ciudadanos británicos, todos cristianos, que argumentaban que su empleador no había respetado su libertad religiosa o que les había discriminado por sus creencias. En tres de los casos, dos relacionados con objeción de conciencia en torno al reconocimiento de las uniones homosexuales y otro relacionado con los símbolos religiosos, los jueces han dado la razón al Estado británico. En el otro, también referido al uso de símbolos religiosos, ha fallado a favor de la litigante.
Crucifijo sí, crucifijo no
Las denuncias de Nadia Eweida y de Shirley Chaplin tienen en común el motivo pero no el veredicto. En el primer caso, el ECHR ha dado la razón (cinco votos a dos) a una trabajadora de British Airways que en septiembre de 2006 fue suspendida de empleo y sueldo por negarse a esconder el crucifijo que llevaba al cuello (las normas de la compañía no permitían ningún tipo de colgante). Un mes más tarde, la empresa ofreció a Eweida un puesto en el departamento administrativo, con el mismo salario pero sin contacto directo con el cliente, que ella rechazó. Finalmente, en febrero de 2007 el código de vestimenta cambió y Eweida fue readmitida.

Los jueces dan la razón a la empleada de British Airways que quería llevar un discreto crucifijo al cuello
Ahora, el ECHR obliga a la compañía aérea a pagar 32.000 dólares a Eweida, como compensación por los costes de los sucesivos litigios, el sueldo que dejó de percibir y los daños no pecuniarios ocasionados. Además de establecer la primacía del derecho a la libre expresión de las creencias religiosas, la sentencia señala que el crucifijo era lo suficientemente discreto como para no colisionar con la imagen profesional de la trabajadora.
En el caso de Shirley Chaplin (entonces enfermera en un hospital público) el tribunal considera por unanimidad que sobre la libertad de expresión religiosa de la demandante priman las razones de salud esgrimidas por la empresa: es decir, que el crucifijo, al igual que el resto de los colgantes prohibidos, podía dañar a algún paciente o a la propia enfermera. Además, los directivos del hospital dieron a Chaplin la posibilidad de sustituir el colgante con la cruz por un broche con la misma forma y tamaño. De ahí que los jueces entiendan, con sentido común, que no ha habido violación del derecho de la denunciante a manifestar externamente sus creencias.
Aunque esto es cierto, también se puede objetar que el argumento empleado por el tribunal (“el equipo médico conoce mejor que nosotros la peligrosidad del crucifijo”) supone dar por sentado que las motivaciones del hospital para prohibir el crucifijo fueron estrictamente médicas, lo que constituye el meollo de la demanda.
La tolerancia como fuente de discriminación
Los otros dos casos juzgados, aunque también atañen a los artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos relacionados con la libertad religiosa, no se refieren al derecho a la manifestación pública de las creencias, sino a la objeción de conciencia.

Niega su amparo a la funcionaria que no quería intervenir en el registro de uniones civiles de parejas homosexuales
Lillian Ladele era una de las funcionarias encargadas del registro civil en un distrito municipal de Islington (Londres). Había hecho su trabajo sin problemas durante muchos años hasta que el Parlamento creó las uniones civiles para personas del mismo sexo. Ladele se negó a oficiar ese tipo de uniones porque consideraba que la ley las equiparaba con el matrimonio, lo que era contrario a sus convicciones. En vez de permitir que esas uniones fueran atendidas por otro de los funcionarios del registro, el Ayuntamiento despidió a Ladele.
El Tribunal da la razón al Ayuntamiento. El propósito de la ley era evitar la discriminación contra los homosexuales, lo cual da al Ayuntamiento un derecho que, según el Tribunal, está por encima del derecho de la funcionaria a la libertad religiosa. En vez de buscar una acomodación entre ambos derechos –lo cual era posible–, el Tribunal se inclina por dar primacía a uno.
Dos jueces discrepantes, Vucinic y De Gaetano, entienden que Ladele, que se negó a oficiar uniones civiles entre homosexuales, actuó por un juicio de su conciencia, aunque además sus creencias religiosas fortalecieran su decisión. Citando al cardenal Newman, recuerdan que los dictados de la conciencia, siempre que sean genuinos, suponen una obligación moral para el individuo, pero también obligan a las autoridades.
Según Vucinic y De Gaetano, la decisión de Ladele cumple con todos los requisitos para considerarse un caso de objeción de conciencia, pues “implicaba un nivel de coherencia, seriedad, contundencia e importancia que merece la protección de la autoridad”.
Sin embargo, el municipio donde Ladele trabajaba como oficial (y después la mayoría del tribunal del ECHR) valoró más los valores “tolerantes” de las políticas locales que la conciencia de la demandante, contradiciendo de hecho su propósito de “respetar la dignidad de todos”. Como señalan los jueces discrepantes, “en vez de practicar la tolerancia y la dignidad para todos que predicaba, el municipio de Islington siguió la vía doctrinaria, la de la obsesión por la corrección política”.
Por otro lado, Vucinic y De Gaetano recuerdan que cuando Ladele empezó a trabajar en dicho municipio no podía saber que tendría que oficiar enlaces entre homosexuales. Esto es lo que distingue su caso del de Gary McFarlane, el cuarto demandante.
Margen de apreciación de los Estados
McFarlane entró a trabajar en Relate, una empresa dedicada a la terapia familiar y de pareja, cuando esta compañía ya había abierto sus consultas a las parejas homosexuales. A ojos de los dos jueces, esto priva al demandante de poder acogerse a la objeción de conciencia: “es como si alguien que se presenta voluntario al ejército pidiera después ser eximido de la lucha en el campo de batalla por razones de conciencia”.
No obstante, no están de acuerdo con el argumento (empleado por la mayoría del tribunal y presente en la sentencia) de que la sentencia de los tribunales británicos contra McFarlane es justa porque “entra dentro del amplio margen de apreciación que tienen los estados para sopesar el derecho a la manifestación de las creencias religiosas, por un lado, y el de la empresa que busca asegurar los derechos de terceras personas, por otro”.
Para empezar, no se trata de manifestar creencias religiosas, sino de cumplir con un deber de conciencia. Además, si el juicio de la conciencia es genuino, el Estado no tiene ningún margen para “sopesar”. Se podrá negar el derecho a la objeción de conciencia a McFarlane por no haberse enterado de en qué empresa entraba, pero no porque la autoridad tenga un cierto margen para violentar las conciencias.
La sentencia todavía puede ser recurrida en los próximos tres meses, en cuyo caso se remitirá a una comisión de cinco jueces para que evalúen si el caso merece ser revisado por la gran cámara del ECHR.

Friday, December 21, 2012

EUGENESIA

Por Esteban Rodríguez Martín portavoz de Ginecólogos DAV, Presidente de la Comisión Deontológica de Ginecólogos DAV, Portavoz de la Plataforma de Ginecologos por el Derecho a Vivir y miembro de CíViCa.- Publicado en infocatolica.com el 13 de Novimbre de 2012

Una de las premisas para ofrecer un diagnóstico prenatal cada vez más precoz a toda la población de embarazadas está basada en el miedo

Algunos sectores de la ginecología que viven de la eugenesia han decidido entrar en política para tratar de impedir que el Gobierno siga adelante con sus planes de proteger la vida del paciente embriofetal, de manera que siga siendo posible su eliminación. Para ellos, los seres humanos fetales más graves, ya no serian pacientes, sino desechos reproductivos que deben ser eliminados en aras del progreso, del derecho de autodeterminación de la madre y en beneficio de la sociedad.

La semana pasada, un importante diario de corte izquierdista, se hacía altavoz de la iniciativa de dos ginecólogas dedicadas al diagnóstico prenatal que han promovido una movilización de la profesión en defensa de la «ley Aido» mediante la solictud de adehesión a un manifiesto que han elaborado. Las promotoras de esta iniciativa son Pilar Martínez Ten, que actualmente centra sus trabajos de investigación en la Clínica Delta en el análisis ecográfico tridimensional del fenotipo de los seres humanos con cromosomopatía y otros síndromes, y Begoña Adiego, también trabajadora de Clínica Delta y dedicada al diagnóstico prenatal.

Dice el conocido diario que han conseguido 645 firmas de profesionales dedicados al mismo negocio de la detección precoz de anomalías, que podría verse perjudicado si eliminar a los pacientes fetales no fuese legal. En el documento redactado por estas ginecólogas y que ha sido entregado a Fernando Román, Secretario de Estado de Justicia, se dice, entre otros tópicos, que «la decisión de interrumpir el embarazo causa mucho sufrimiento. Si la ley no permite la interrupción de la gestación en estos casos [de anomalías fetales graves], a la dramática situación se sumará el desamparo legal que sufrirán las gestantes». Pero más bien lo que les preocupa es una disminución en la demanda de los servicios que prestan y la persecución por la justicia de todos esos licenciados que asesoran en el sentido de eliminar a los pacientes graves y a aquellos que terminan por cometer el feticidio. De estar realmente preocupados por las mujeres tendrían en cuenta que al drama de tener un hijo con anomalías pretenden sumar el trauma de su eliminación intencionada.

Una de las premisas para ofrecer un diagnóstico prenatal cada vez más precoz a toda la población de embarazadas está basada en el miedo. Los defensores del diagnostico prenatal abortista entienden que la población cada día accede más tarde a la maternidad y cada vez se tienen menos hijos al ser promocionada la ideología de la planificación familiar. Como se tienen pocos hijos y a edades avanzadas, la población demanda que se le garantice la «normalidad», sostienen. En efecto, la maternidad tardía hace que la probabilidad de anomalías fetales aumente y el temor a tener un hijo discapacitado justificaría para ellos la necesidad de ofertar el diagnóstico prenatal «para decidir» a toda la población gestante.Su universalización, raiz del negocio, se justifica por la dificultad establecer verdaderos factores de riesgo.Para ellos, el riesgo es equivalente ser mujer embarazada, de manera que sostienen que «todo feto es un malformado hasta que no se demuestre lo contrario».

Con este alarmismo tremendista se promueve el miedo a la enfermedad y al sufrimiento, para generar demanda, desde los sectores de la ginecología que viven de la eugenesia y que ahora ven amenazado su negocio si se pretende proteger la vida de todo paciente fetal eliminando cualquier tipo de discriminación por razón de edad o de salud. Si no se pudiera eliminar al enfermo, la razón de ser del diagnóstico prenatal sufriría un gran varapalo.
Especialmente elocuente sobre el negocio de la eugenesia a través del diagnóstico prental universal es lo que se dice en la introducción del libro «Nociones para el Diagnóstico Prenatal de Malformaciones Embrionarias y Fetales» publicado en enero de 2011 por José Bajo Arenas, siendo presidente de la SEGO y Joaquín Díaz Recasens, siendo presidente de la sección de ecografía de la SEGO. Destacamos la declaración de intenciones eugenésicas que mueve oficialmente a estas sociedades: «La ventaja de diagnosticarlos tempranamente en el primer trimestre radica, como es simplemente deducible, en la mayor facilidad y menor riesgo de interrumpir la gestación» (pag.7)

En España, en último año fueron eliminados unos 3300 seres humanos tras el diagnóstico prenatal bajo el supuesto eugenésico, la cifra asciende a 11000 si computamos los últimos cuatro años, y a 45000 si lo hacemos desde 1985 en el que comenzó la despenalización de este supuesto. Son pocos si los comparamos con los abortos por otras causas, sólo suponen un 3% del total, pero de ellos el 100% de sus madres pasaron por el negocio del diagnóstico prenatal eugenésico. Curiosamente, la probabilidad de que en la naturaleza se dé una malformación congénita (leve o grave) es de ese mismo 3%. Ello quiere decir que en el 97% de las mujeres que acuden a estos negocios todo será normal, pero todas acuden a ellos y muchas con la intención de poder eliminar al hijo en caso de que se le diagnostique algún defecto. ¡Un gran negocio a pesar de que «sólo» aborten el 3%! Algunos feticidios serán directamente acometidos en las unidades que se encargan de su detección, otros nutrirán los establecimientos del aborto y la contracepción por recomendación de los primeros.

Las ginecólogas promotoras de la iniciativa apelan a los conocidos tópicos de los abortistaspro-decisión para seguir generando miedo. Apelan al tópico de que abortar es una «decisión muy difícil», que «obligar» a tener un hijo que nacerá con discapacidad o corta esperanza de vida supone mucho «sufrimiento», que tendrán que «irse a otros países» en los que la vida no esté protegida, que aumentaran los «abortos clandestinos» aunque por personal cualificado que los harán al margen de la ley, que los que cometan el crimen (madres y ginecólogos) quedararán en «desamparo legal», que por «compasión» es preferible «interrumpir» la vida de una persona que morirá pronto, que nacera con gran discapcidad o que necesitará de ingentes recursos para su cuidado.

Sin embargo, todos estos argumentos no son de tipo médico ni racionales, sino políticos o emocionales, es más; son contrarios a la deontología médica y por supuesto no son representativos del sentir de la profesión sino de un sector que vive de ello y que es presa fácil del espíritu que domina, con mentiras, al mundo.

Wednesday, December 19, 2012

RELATIVISMO Y LIBERTAD

Creo que todos somos conscientes de la gravedad de la crisis económica que estamos atravesando, pero en la actualidad muchos estamos convencidos que no se trata sólo de una crisis económica, sino bastante peor, de una crisis de valores. Estamos ante un enfrentamiento entre dos modelos sociales contrapuestos: el modelo basado en la cultura del relativismo, asentado en esa doctrina conforme a la cual la sociedad debe construirse a partir de una exaltación de la libertad basada en la supresión de obligaciones y responsabilidades, y el modelo basado en la defensa de una serie de principios y valores morales, que son los que hacen posible la convivencia.

El relativismo intenta crear un nuevo tipo de ciudadanos, buscando liberar al hombre de sus ataduras más profundas, incluso las ligadas con la propia naturaleza humana. Se trata de realizar una libertad sin obligaciones ni responsabilidades, en la que el eslogan es “la Libertad os hará verdaderos”, que contradice al de Jesucristo “la Verdad os hará libres” (Jn 8,34).

Para el modelo basado en la cultura relativista, Dios no existe y la negación de la dimensión religiosa es el presupuesto necesario para poder construir el modelo de hombre y la edificación de la sociedad que se quiere realizar. No hay valores objetivos y en consecuencia el máximo elogio que se puede hacer de una persona en la hora de su muerte es que fue una persona coherente y consecuente con sus principios, pero éstos, es él mismo quien los determina y establece. Esto lleva a concluir que mi conciencia es el criterio último de moralidad, pues por encima de mí no hay ningún criterio objetivo, pues el Bien y el Mal en cuanto tales no existen, por lo que incluso el comportamiento racista sería bueno si el racista lo fuera sinceramente y terminaríamos en que no podríamos hacer ningún juicio sobre el comportamiento moral de los demás.

De hecho esta exaltación extrema de la libertad lleva a la negación de la democracia y al totalitarismo. Creo por ello que el diálogo a fondo con los relativistas es prácticamente imposible, pues no aceptan lo que es la base de la democracia: el ser humano tiene una dignidad intrínseca e inalienable, que ha de ser protegida y respetada.

En cambio, en la concepción cristiana, “solamente la libertad que se somete a la verdad conduce a la persona humana a su verdadero bien. El bien de la persona consiste en estar en la verdad y en realizar la verdad”… “De prestar oído a ciertas voces, parece que no se debiera ya reconocer el carácter absoluto indestructible de ningún valor moral. La fuerza salvífica de la verdad es contestada y se confía sólo a la libertad, desarraigada de toda objetividad, la tarea de decidir autónomamente lo que es bueno y lo que es malo. Este relativismo se traduce, en el campo teológico, en descon¬fianza en la sabiduría de Dios, que guía al hombre con la ley moral. A lo que la ley moral prescribe se contrapone las llamadas situaciones concretas, no considerando ya, en definitiva, que la ley de Dios es siempre el único verdadero bien del hombre”… Por el contrario la fe cristiana “trata de guiar a todos los fieles en la formación de una conciencia moral que juzgue y lleve a decisiones según verdad” (Encíclica de Juan Pablo II Veritatis Splendor, nº 84 y 85).

Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho, en el que es soberana la ley y no la voluntad arbitraria de los hombres, y sobre la base de una recta concepción de la persona humana, basada en el respeto a su dignidad. El totalitarismo nace de la negación de la verdad en sentido objetivo. “Si no se reconoce la verdad transcendente, triunfa la fuerza del poder, y cada uno tiende a utilizar hasta el extremo los medios de que dispone para imponer su propio interés o la propia opinión, sin tener en cuenta los derechos de los demás”…“La raíz del totalitarismo moderno hay que verla, por tanto, en la negación de la dignidad transcendente de la persona humana, imagen visible de Dios invisible y, precisamente por esto, sujeto natural de derechos que nadie puede violar: ni el individuo, el grupo, la clase social, ni la nación o el Estado” (Encíclica de Juan Pablo II Centesimus annus, nº 44).

El Papa actual tiene ideas muy claras sobre los peligros del relativismo. En diversas ocasiones y con diversas palabras, Benedicto XVI ha manifestado su convicción de que el relativismo se ha convertido en el problema central que la fe cristiana tiene que afrontar en nuestros días. Estos mismos días ha escrito en su mensaje por la Paz en Año Nuevo: "una condición previa para la paz es el desmantelamiento de la dictadura del relativismo moral y del presupuesto de una moral totalmente autónoma, que cierra las puertas al reconocimiento de la imprescindible ley moral natural inscrita por Dios en la conciencia de cada hombre”.

A mí, personalmente, me gusta mucho esta frase que encuentro en la Encíclica de Juan Pablo II, “Evangelium vitae”, nº 28, que dice: “Estamos ante un enorme y dramático choque entre el bien y el mal, la muerte y la vida, la ‘cultura de la muerte’ y la ‘cultura de la vida”. Estamos no sólo ‘ante’ sino necesariamente ‘en medio’ de este conflicto: todos nos vemos obligados a participar, con la responsabilidad ineludible de elegir incondicionalmente a favor de la vida”.

Pedro Trevijano

Saturday, November 24, 2012

EUROPA: NO AL ABORTO POR SEXO


El Parlamento Europeo está contra el aborto por sexo. Es una forma -parcial- de estar contra él, pero la pregunta es: ¿Por qué es malo solo cuando se practica sobre un único sexo? La pregunta es necesaria y debe ser respondida, porque si es malo cuando se practica con las niñas también debería serlo cuando se hace con los niños. Una posible respuesta es que al hacerse según el sexo implica una discriminación. En este caso, hay que deducir dos cuestiones que crean todavía más interrogantes.

Primera, se reconoce así que el aborto es malo porque impide nacer a las niñas. Pero, ¿si es malo en este sentido deja de serlo cuando no se hace en razón del sexo?

La otra cuestión es que si se confiere al feto niña una dignidad de ser humano, único criterio posible si se admite la discriminación, resulta que es el feto, con independencia de cuál sea su sexo, el que posee esta dignidad y el que debe ser protegido.

Pero, hay más preguntas: ¿cómo se consigue diferenciar con una ley a plazos como las que defienden los abortistas que una mujer aborta por razón del sexo del no nacido o por otras razones? No tiene que alegar ninguna causa, simplemente expresar solo un deseo, con eso basta.

El Parlamento Europeo, todos aquellos que defienden el aborto pero se oponen a que sea discriminatorio según el sexo del no nacido, manifiestan una vez más la brutal contradicción que existe en torno a esta práctica bárbara. Es tan exagerada que no hay por dónde cogerla. Mejor dicho, sí, se coja por donde se coja siempre conduce al mismo punto: el aborto es un mal extraordinario. Por eso está en contra el Parlamento Europeo.

Sunday, September 02, 2012

DONACIONES DE SEMEN Y OVULOS

Su vida se ha convertido en una espiral de dolor. Alana, una chica de San Francisco (EE UU), fue concebida a partir de una donación de semen anónima y, en su juventud, ella misma recurrió a la donación de sus óvulos para sentirse más unida a su padre biológico. Ahora, no sólo sufre pensando cada día en el padre que nunca tuvo, sino en los hijos biológicos propios que otras mujeres crían en su lugar.

-¿Que sintió al saber que ha sido concebida a través de una donación de semen? 
-Mi madre me lo contó cuando yo tenía cinco años, así que en cierta forma, siempre lo he sabido. Cuando era pequeña esto no significaba nada para mí. Los problemas comenzaron durante la adolescencia. Al conocer a gente de mi edad y ver cómo sus padres se relacionaban con ellos me hizo darme cuenta de todolo que me estaba perdiendo al no tener un padre de verdad. 
Sentía que no valía nada para los hombres. Los odiaba, pero a la vez buscaba desesperadamente que me amaran. Solía culparme de mi promiscuidad durante la adolescencia. Pero ahora sé que esto es muy común entre las niñas que no tienen la presencia de un padre. Me enfurece que a las niñas se les niegue intencionadamente la posibilidad de tener un padre, porque esto tiene un efecto muy predecible en su sexualidad: las estamos lanzando a la boca del lobo.

-¿Cree que su situación es similar a la de un hijo adoptado? 
-La adopción es diferente. Mi hermana mayor es adoptada y creo que una de las mayores diferencias es que la adopción proporciona una relación de igualdad entre los padres biológicos y los hijos adoptivos. Tener un padre biológico cuando el otro padre no tiene ninguna relación biológica con el hijo crea mucha tensión, y creo que es la causa de que haya un mayor porcentaje de divorcios entre las familias con hijos concebidos a partir de donantes. La adopción es mucho más estable para los matrimonios.

-¿Recomendaría en algún caso acudir a una donación de óvulos o de semen?
-No lo recomiendo en absoluto. El uso de un donante no cura la infertilidad, lo único que hace es comprar el niño de otro. Si utilizas un donante para tener a ese niño que sueñas, casi seguro que ese niño al crecer soñará con conocer a su padre (o a su madre donante) y la posibilidad de reunirse con él o con ella puede que nunca llegue. Lo que estamos haciendo es transferir el dolor. Hay otras formas de dolor de las cuales los padres no son responsables y por eso pueden consolar a sus hijos; pero con este tipo de dolor, los padres no pueden consolar a sus hijos porque ellos mismos han causado ese dolor. Yo ya apenas hablo con mi madre. 
A menudo pensamos en el bebé que anhelamos, pero estos bebés se convierten en adultos. ¿Estás dispuesto a guiar a los adolescentes y adultos jóvenes nacidos a partir de una donación? ¿Puedes asumir la responsabilidad de los principales tormentos de su vida? Los padres deben contestar a estas preguntas.

-¿Ha intentado alguna vez encontrar a su padre biológico?
-Estoy inscrita en el Regristro de Hermanos Donantes (www.donorsiblingregistry.com). No tengo suficiente información para buscarlo, pero llevo un año y medio escribiendo un guión sobre un viaje ficticio para encontrarlo. En los créditos he puesto la información que tengo de él. Espero que él se dé a conocer o aparezca alguien que tenga información sobre él.

-¿Qué sabe hasta ahora de su padre? 
-Sé que es de ascendencia polaca, nacido el 26 de noviembre de 1952, especialista en Medicina Respiratoria, vivió en Los Ángeles, fue instructor de buceo, criado católico, tiene antecedentes de diabetes en la familia, tocaba la flauta. Pienso en él todos los días, pero no quiero perder el tiempo tratando de encontrarlo porque tengo miedo a que él o su familia me rechacen. Prefiero dedicar mi tiempo a forjar mi vida y crear mi propia familia.

-Hace unos años recurrió a la donación de sus propios óvulos para costearse un viaje a Polonia en busca de su padre. ¿Lo hizo sólo por dinero?
-También lo hice de un modo poético: por tener al menos una experiencia en común con mi padre. Quería saber cómo se vivía desde el otro lado. Ahora tengo dos hijos en alguna parte que dudo que llegue a conocer nunca. Pienso en ellos tanto como en mi padre.

-¿Qué siente ahora hacia sus hijos?

-Me encantaría conocerlos. Sé que uno nació en el mismo mes que yo. Mi mayor temor es que yo sea infértil o no tenga hijos y, a la vez, sé que tengo dos desconocidos que otras mujeres han tenido el privilegio de criar. He oído historias de mujeres que han donado sus óvulos y ahora son infértiles. 

-¿Cómo se sintió durante el proceso de la donación de sus óvulos?
-Me sentí como un producto, no como una persona. Aprendes rápidamente que tus características se pueden convertir en dinero en efectivo. ¿Ojos azules? Dinero al contado. ¿Licenciada en algo que suena importante? Dinero al contado. Fue probablemente una de las experiencias más deshumanizantes de mi vida.
En la clínica coincidió con chicas que donaban sus óvulos para pagarse una cirugía estética. 
La superficialidad que rodea esta industria puede ser muy desagradable.Imagina que eres un niño y descubres que tu madre biológica era una donante de óvulos y que un mes después de “donar” su óvulo/niño, se puso unos implantes de mama. ¿Qué niño quiere ser regalado a cambio de algo tan superficial? No importa si nuestros padres estaban dispuestos a hipotecar su casa por nosotros. Todos los niños (incluidos los adoptados) quieren saber por qué sus padres biológicos les dieron o vendieron. Incluso los “buenos” usos del dinero no tienen justificación para nosotros.

-¿Ha sufrido consecuencias físicas después de donar sus óvulos?
-Síndrome de hiperestimulación ovárica. Tengo un dolor en el ovario derecho que ha persistido durante más de un año. 

¿Qué piensa acerca del sistema de donación de óvulos y semen? 
Creo que separar intencionadamente a un niño de uno o más de sus padres biológicos (por no hablar de los abuelos, tíos, hermanos...) es casi un crimen.Es una gran máquina de hacer dinero y de llevar alegría a los padres desesperados por tener hijos, pero las personas afectadas son los niños y nuestra opinión no se tiene en cuenta. Y como tenemos miedo de ofender a los familiares que sí tenemos no hablamos abiertamente del tema. 
De hecho, la donación de óvulos se anuncia como una causa benéfica para ayudar a parejas que no pueden tener hijos. 
Ellos confunden la realidad moral de la situación a través de un lenguaje inteligente. La realidad es que tú estás vendiendo a tus hijos biológicos. No tienes ni idea de si las personas que criarán a estos niños van a ser padres competentes. Todo lo que sabes es que tienen dinero y el deseo de tener hijos. Eso no es garantía de una buena infancia. Para los padres que utilizan los tratamientos de reproducción asistida no hay proceso de selección (como en la adopción). 

-¿Cuál es su mayor temor en su defensa de los derechos de estos niños?
-Nunca pensé que al intentar explicarle a la gente que los niños quieren saber quiénes son sus padres biológicos y ser amados por ellos, mi lucha entraría en conflicto directo con algunos objetivos de la comunidad gay. Mi mayor temor es que la opinión de los niños sea silenciada porque va en contra del deseo de los adultos de tener hijos cuando no los pueden tener de forma convencional. 

Thursday, December 01, 2011

EXPERIMENTOS CONTRA NATURA


La «ley de la pendiente resbaladiza» en bioética se está mostrando apodíctica. La «Isla del Dr. Moreau» se ha convertido en un parque temático. Lo siento, a mi me escandaliza, y me escandaliza más el silencio que la encubre.
Hace tres años comentaba el terror que me provocaba la «Ley de Fertilización Humana y Embriología» que estaba a punto de aprobar el Parlamento Británico y que permitía la fecundación interespecífica. Monseñor Sgreccia alertó de inmediato:
Constituye una ofensa para la dignidad del hombres. Es un intento de fecundación entre especies que hasta ahora estaba prohibido por todas las leyes sobre fecundación artificial.
La unión hombre-animal, aunque no sea sexual, representa uno de los horrores que siempre han provocado el rechazo de la ética. Cada vez que se ha roto la barrera hombre-animal se han visto consecuencias muy graves, incluso involuntariamente.
Los de siempre cargaron: éramos unos alarmistas, las condiciones eran muy restrictivas, los ‘embriones’ debían ser destruidos a los 14 días, que negarse era poner freno a la ciencia, la cantidad de enfermedades que serían curadas.
El día 23 de julio, el Daily Mail descubría que desde la aprobación se habían producido en secreto en torno a 150 embriones híbridos humanos, con la supuesta finalidad de «curar enfermedades». Las mismas mentiras que con las «células madre embrionarias».
La revelación se produce un día después de que un comité científico horrorizado aventurase unfinal tipo «Planeta de los Simios»
Los tres laboratorios que tenían permiso — Kings College de Londre, Univ. de Newcastle y la Univ. de Warwick— ha tenido que parar sus proyectos por falta de fondos. Lord Alton, que lo relataba como respuesta a una pregunta parlamentaria, dijo:
Me he manifestado en el Parlamento en contra de la creación de híbridos humano-animales por una cuestión de principios. Ninguno de los científicos que se presentaron para rendir cuentas puderon dar justificación alguna en términos de tratamiento.
Éticamente no puede justificarse de ninguna manera, nos desacredita como país. Se está manoseando con lo grotesco. Lo único que han sido capaces de esgrimir es que si les permitimos hacerlo vamos a encontrar cura para todas las enfermedades conocidas por la humanidad. Eso es chantaje emocional.
De los 80 tratamientos y curas que se han producido a partir de células madre, todos (sin excepción) han llegado a partir de células madre adultas —no embrionarias—
Josephine Quintavalle, de «Comment on Reproductive Ethics» dijo:
Estoy horrorizado con lo que ha pasado, no sabía nada. ¿Por qué lo han mantenido en secreto? ¿Por qué si están orgullosos de lo que hacen hemos de recurrir a una sesión parlamentaria para que salga a la luz?
El problema es que muchos científicos quieren experimentar por experimentar, y eso no es razón suficientemente buena.
Me parecen quejas de mal pagador, avisados estaban y los argumentos utilitaristas tienen poco recorrido, aunque sean muy de la tradición británica. Ni me parece una postura de principios la de Lord Alton, ni se me ocurre razón alguna para Quintavalle.
No sé en qué terminará la cosa, pero tiene mala pinta. En el 2008 Mons. Sgreccia terminaba su advertencia:
hay que pedir una especie de conversión de los medios de comunicación: en vez de obedecer a las indicaciones de los grupos interesados, deben obedecer a la verdad para no crear ilusiones, con objetivos de compasión humana, sobre caminos que no han ofrecido todavía ningún resultado
La verdad, no tengo mucha confianza en la ‘masa’ ni en los ‘media’.


Ilustración: fotografía de una escultura de Patricia Piccini

Friday, November 18, 2011

SUICIDIO ASISTIDO


Una declaración de los obispos de EE.UU.

Las incongruencias de aceptar el suicidio asistido


Los cuidados paliativos, no la eutanasia ni el suicidio con cooperación médica, son la respuesta justa al sufrimiento de los pacientes terminales, subraya la Conferencia Episcopal de Estados Unidos en una declaración del pasado 16 de junio.

La creación de una categoría de personas que estarían mejor muertas origina una presión sobre los pacientes.

Rechazar el suicidio asistido –legalizado en dos estados, Oregón y Washington– no equivale, señala la declaración, a prolongar la vida con terapias fútiles o desproporcionadamente gravosas. Tampoco supone privar a los pacientes de los tratamientos contra el dolor por temor a acelerar la muerte. Hoy se dispone de medios analgésicos eficaces y se sabe cómo ajustarlos al tipo y grado de dolor que tenga el enfermo. Con ellos, y con la atención al sufrimiento psíquico y espiritual, los cuidados paliativos logran aliviar los miedos y dificultades que pueden llevar a algunos pacientes a desesperar y plantearse el suicidio.
“Unos buenos cuidados paliativos –añade la declaración– pueden también permitir a los enfermos atender los asuntos pendientes de su vida, y alcanzar la paz con Dios, con sus seres queridos y consigo mismos. No se debe despreciar este tiempo como si fuese inútil o sin sentido. Aprender a afrontar la última etapa de nuestra vida terrena es una de las cosas más importantes y llenas de sentido que uno ha de hacer, y los cuidadores que ayudan a otros en este proceso hacen también un trabajo de enorme importancia”.
En países que han invocado la idea de autonomía personal para justificar el suicidio asistido y la eutanasia voluntaria, algunos médicos han terminado por provocar la muerte de adultos que nunca la pidieron y de recién nacidos sin posibilidad de decidir al respecto.


Para que otros no decidan por los vulnerables
Con estas bases, el documento da la réplica a los argumentos a favor de legalizar el suicidio con cooperación médica. Primero, dice, no es esa una forma de dar más libertad a los enfermos. Los supuestos beneficiarios de esas leyes son personas vulnerables. Es frecuente que quienes se plantean suicidarse en situación de enfermedad grave sufran depresión o algún otro problema psíquico. No se puede creer sin más que desean poner fin a su vida con plena conciencia y libertad. La declaración señala que, por el contrario, las leyes de suicidio asistido no exigen que se compruebe primero si hay alguna afección psíquica en quienes lo reclaman, ni impiden que se suministren las drogas letales si se detecta un problema de ese tipo.
Los obispos advierten también que “incluso decisiones aparentemente libres pueden estar condicionadas por la influencia indebida de otras personas”. En principio, la ley protege a todos contra la inducción al suicidio, pero donde se admite la cooperación médica al suicidio se hace una excepción con una clase de personas, las que tienen una esperanza de vida corta, generalmente inferior a seis meses. Tal definición resulta necesariamente ambigua, tanto porque la estimación no puede ser exacta, como porque la esperanza de vida es mayor o menor, según los cuidados que reciba el enfermo. Por eso siempre existe el riesgo de que la categoría se extienda a pacientes no terminales.
En todo caso, la creación de una categoría de personas que estarían mejor muertas origina una presión sobre los pacientes: quienes decidan seguir viviendo hasta el desenlace natural de la enfermedad pueden verse como egoístas o irracionales, como una carga para otros. Así, “la causa del suicidio asistido favorece una noción distorsionada y estrecha de libertad, al crear una expectativa de que determinadas personas, a diferencia de otras, saldrán beneficiadas si se les inclina a escoger la muerte”. Se pone en acción entonces una lógica perversa. “En países que han invocado la idea de autonomía personal para justificar el suicidio asistido y la eutanasia voluntaria, algunos médicos han terminado por provocar la muerte de adultos que nunca la pidieron y de recién nacidos sin posibilidad de decidir al respecto”.
En fin, dicen los obispos, hay que atenerse al principio de que el ser humano tiene unos “derechos inalienables”, de los que el primero es el derecho a la vida. “No se puede defender la libertad y la dignidad humanas devaluando la vida humana. La decisión de quitarse la vida es una suprema contradicción de la libertad, la opción de suprimir todas las opciones. Y una sociedad que devalúa la vida de ciertas personas acelerando y facilitando su muerte, al final perderá el respeto por los otros derechos y libertades”.
Por todo ello, la Conferencia Episcopal estadounidense invita a defender la dignidad de los enfermos graves y promover soluciones que afirmen el valor de la vida y alivien las penalidades de quienes sufren. El dolor humano es una llamada a la solidaridad y a la responsabilidad de cuidar. “Sostener que la ‘salida fácil’ de una sobredosis de medicamentos puede sustituir esos esfuerzos es una afrenta a los pacientes, a los cuidadores y a los ideales de la Medicina”.

Friday, June 10, 2011

ABUSO DE LA SEDACION

La sedación es, en principio, una práctica terapéutica nada sospechosa desde el punto de vista ético: se trata de evitar al paciente dolores derivados del estado de su enfermedad o de una intervención quirúrgica. Así fue al menos hasta hace apenas una década, cuando comenzó a hablarse de la sedación paliativa. Esta consiste en la sedación del paciente en estado terminal para aliviar síntomas refractarios, aquellos cuyas molestias no pueden ser aliviadas por medio de los medicamentos usuales.

Pero también se dan abusos de esta práctica. Paulina Taboada, directora del Centro de Bioética de la Pontificia Universidad Católica de Chile, se pregunta, en un artículo publicado en Provida Press, si en algunos casos se está utilizando la sedación paliativa como una variante de la eutanasia.

La discusión terminológica

Paulina Taboada recoge una de las definiciones más utilizadas en la literatura médica sobre sedación paliativa: “La administración intencional de drogas para reducir la conciencia en un paciente terminal tanto como sea necesario para aliviar adecuadamente uno o más síntomas refractarios” (Claessens). Un primer problema que se plantea es la diversidad de prácticas que se incluyen bajo el nombre de sedación paliativa: sedación superficial o profunda, intermitente o continua, aplicada a síntomas físicos o a dolencias psíquicas… Una diversidad que dificulta emitir un juicio global sobre esta práctica.

Requisitos éticos

Los reparos éticos no tienen tanto que ver con la sedación paliativa en sí misma, una práctica terapéutica no reprobable, sino con los procedimientos y los fines con que se está aplicando. Así, Taboada señala que la sedación paliativa se pervierte cuando no se cumplen debidamente los procesos de entrega de información y de consentimiento.

Aunque la mayor desnaturalización de esta práctica se produce cuando el motivo que la anima ya no es terapéutico, sino que lo que se pretende es acelerar la muerte del paciente: “Es sabido que entre los riesgos del uso de sedantes en altas dosis están la depresión respiratoria y el compromiso hemodinámico, que pueden causar la muerte del paciente. Por tanto, un médico podría abusar de la sedación al indicar dosis de sedantes ostensiblemente más altas de las que se necesitarían para un adecuado control de síntomas, con la intención encubierta de acelerar la muerte; o cuando recurre a una sedación profunda en caso de pacientes que no presentan síntomas refractarios, con el objetivo oculto de afectar negativamente sus funciones vitales y causarle una muerte anticipada. Este tipo de abusos se conocen como ‘eutanasia lenta’ o ‘eutanasia encubierta’ y corresponden a actos éticamente inaceptables, que además están penados por ley en la mayoría de los países del mundo”.

Resulta curioso, sin embargo, que los países donde más se practica la ¿eutanasia lenta’ sean precisamente aquellos donde la eutanasia o el suicidio asistido están legalizados, tales como Holanda, Bélgica o Luxemburgo. En parte tiene que ver con que esta variante de la eutanasia permite saltarse gran parte de los trámites que exigen las fórmulas legalizadas.

Además del consentimiento informado del paciente o la necesidad de que los síntomas sean refractarios, Taboada señala otro requisito para la moralidad de la sedación terminal: que no se deje de alimentar o hidratar al paciente sedado. Al perder gran parte de su nivel de conciencia por el efecto de los sedantes, estos pacientes “suelen perder la capacidad de ingerir líquidos y nutrientes de forma espontánea […] Surge entonces la pregunta por la necesidad de implementar medidas de alimentación e hidratación médicamente asistidas”.

Wednesday, May 18, 2011

RESPONSABILIDAD EN LA CREACION DE EMBRIONES CONGELADOS

El constante aumento del número de embriones congelados en las clínicas de reproducción asistida en España es un recordatorio de que la última reforma legal de 2006 ha fracasado en este aspecto. Ni el registro que preveía la ley existe, ni las parejas se responsabilizan de sus embriones, ni los posibles destinos que la ley establecía para ellos se están cumpliendo.

Nadie sabe cuántas vidas congeladas hay en los tanques de las clínicas. La ley de Reproducción Asistida de 2006 preveía crear un Registro nacional de donantes y un Registro de actividad y resultados de los centros, una de cuyas informaciones sería la del número de embriones congelados en cada clínica. Cinco años después ninguno de los dos ha visto la luz. Pero todas las clínicas reconocen que el número de embriones congelados va en aumento. En Cataluña, la única Comunidad autónoma con registro, hay 61.000 embriones congelados, cuatro veces más que en 2001. En un reportaje sobre el tema que publica El País (22-04-2011), todos los responsables de las clínicas consultados coinciden en que el número aumenta y que no se sabe qué hacer con ellos.

No hay interés de los científicos en investigar con células madre embrionarias

La ley de mayo de 2006 preveía cuatro posibles destinos para los embriones sobrantes de los procesos de fecundación in vitro. La pareja debía optar entre guardarlos para una posible utilización futura, donarlos para adopción por otra pareja, destinarlos a la investigación o destruirlos.

En la práctica, cuando las parejas escogen, la destrucción es la opción que más rehuyen. Menos de una de cada diez parejas la eligen. Parece como si fueran conscientes de que allí queda una vida humana, cuya potencialidad no quieren eliminar.

La adopción por otras parejas tampoco encuentra una buena acogida, ni por parte de los padres ni de los posibles adoptantes.

¿Quién quiere células madre embrionarias?

La donación para la investigación (con la consiguiente destrucción del embrión) fue la nueva vía abierta en la reforma legal de 2006. Se pensaba que la ciencia saldría ganando y que, de paso, las clínicas se quitarían de encima un problema. ¿No estaban en marcha las investigaciones con células madre embrionarias que iban a revolucionar la medicina regenerativa?

Ni las parejas se responsabilizan de sus embriones, ni los posibles destinos que la ley establecía para ellos se están cumpliendo

A juzgar por algunas informaciones sobre las células madre embrionarias, daba la impresión de que los investigadores estaban ansiosos por disponer de estas células.

Pero ahora resulta que, contra todo pronóstico, no hay apenas demanda de embriones para investigación, a juzgar por lo que dice el citado reportaje. “Los centros de investigación no los requieren”, afirma Marisa López Tejón, del Institut Marqués. “Antes donábamos los embriones al Banco de células madre de Andalucía, pero ahora no hay ningún proyecto en marcha con células madre embrionarias”, cuenta José Antonio Castilla, del Hospital Virgen de las Nieves, de Granada. “El entusiasmo por las células madre embrionarias ha bajado, ahora hay otras opciones”, reconoce Joaquim Calaf, del centro de Reproducción Asistida de la Fundación Puigvert.

Casi uno puede llegar a pensar que la investigación con células madre embrionarias ha dejado de tener interés o ya no es prioritaria, si se puede disponer de células madre adultas o de las adultas reprogramadas. En cualquier caso, la experiencia de estas clínicas es que, a pesar de que entre un 5% y un 10% de las parejas estarían dispuestas a donar sus embriones para investigar, no hay un interés correspondiente entre los científicos.

Según la ley, si a los cinco años, y tras dos intentos de comunicación con una pareja, esta no decide nada sobre los embriones sobrantes, se considera que se ha desentendido de ellos y la decisión pasa a los comités clínicos de los centros. Pero estos tampoco se atreven a decidir, dicen que por falta de seguridad jurídica.

El legislador, la pareja y la clínica

Ahora todos reclaman que las parejas asuman su responsabilidad con los embriones que dejan atrás. Pero, cuando se hizo la ley en 2006, fueron las clínicas las que presionaron, con éxito, para que se suprimiera la prohibición existente de fecundar más de tres óvulos por ciclo, lo que contribuye a generar más embriones. Lo que importaba era quitar obstáculos con vistas a presentar ante el cliente una mayor probabilidad de éxito. A los embriones se les trata como meros instrumentos. Cuando la pareja ha conseguido su objetivo –en torno a un 35% lo logra– o ha abandonado el proceso, reprocharles que no se sientan responsables de los embriones sobrantes –los instrumentos ya innecesarios– no tiene mucho sentido.

El destino de los embriones sobrantes es uno de esos problemas que solo se pueden resolver si no se origina voluntariamente el problema. En Alemania, por ejemplo, solo se pueden fecundar los óvulos que van a ser transferidos. Pero una vez que se admite la crioconservación de los embriones como si fueran mero “material biológico”, su suerte es la crónica de una muerte anunciada.

A juzgar por el comentario que acompaña al reportaje de El País, parece que ahora las clínicas quieren obtener el visto bueno para destruir los embriones sobrantes, sin temor a posibles riesgos jurídicos. Lo curioso es que, para quitarse el muerto de encima, el comentarista presenta el caso como si el único obstáculo para resolver el problema fuera que “la Iglesia católica y los sectores sociales próximos a ella” opinan que el óvulo fecundado debe ser tratado como un ser humano. No, el problema existe porque el legislador ha permitido la creación embriones a discreción, algo que la Iglesia católica rechaza como incompatible con el respeto que merece la vida humana.

Ahora los que han creado el problema quieren hacer borrón y cuenta nueva por la destrucción de embriones, pero sin cambiar las prácticas que originan la acumulación. Por lo menos, deberían plantearse cambiar esa ley que nos vendieron como la más avanzada de Europa.